Teniendo como base la inflación registrada durante el 2017 y el aumento del salario mínimo para el año en curso, el Ministerio del Trabajo legalizó el reajuste pensional que debe aplicarse para el 2018.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 100 de 1993 los reajustes para este año se realizarán de la siguiente manera:
‘Megapensiones’
“Para el reajuste de las personas a la cuales, por efecto de la Sentencia C-25/1, se les reajustó la pensión a 25 Smlmv se debe aplicar la Circular 10 del 2014”.
Con relación al último punto, es importante destacar que con la expedición de la mencionada sentencia la Corte Constitucional le puso fin a las denominadas “megapensiones”.
Se declaró la inconstitucionalidad de varios apartes del artículo 17 de la Ley 4A relativas al régimen pensional de los congresistas y servidores públicos.