Por Jorge Andrés Martínez Toro
Estudiante consultorio jurídico
Fundación Universitaria Católica Lumen Gentium
Es un proyecto de ley que busca la reactivación económica del país debido a las múltiples circunstancias que ha dejado el Covid 19. Este fue revisado y aprobado por la Corte Constitucional, dado que cumple con las garantías para ser decretado.
Las personas que se encuentre reportadas en las centrales de riesgos como Datacrédito, Cifin (Central de Crédito Financiera) y Procrédito podrán acogerse a esta amnistía por una sola vez, si se colocan al día en los 12 primeros meses de vigencia de la ley o que ya lo hayan hecho con anterioridad.
Todas aquellas personas que tengan deudas pendientes por pagar o que hayan cancelado sus obligaciones durante la amnistía, solo tendrán castigo de 6 meses, pero si cancelaron y les falta poco tiempo para cumplir este requisito cuando lo cumplan será retiradas de inmediato.
Además, los estudiantes que tengan deudas con el Icetex, los pequeños productores, la población rural y las víctimas del conflicto armado si cancelan sus deudas saldrán inmediatamente de la base de datos de bancos, sin necesidad de cumplir con este tiempo.
Se busca proteger los datos de los usuarios y la información que contienen los operadores. Además, se pretende que las entidades antes de realizar un reporte negativo envíen comunicación al deudor. Si el valor adeudado es inferior al 15% del salario mínimo (menos de $131.670), recibirán dos comunicaciones antes de ser reportadas negativamente, entre las cuales debe haber una diferencia de 20 días calendario.
Adicional a esto, para evitar la suplantación de las personas, las entidades deberán desarrollar aplicativos gratuitos donde los usuarios puedan registrar sus correos electrónicos para que al momento de una nueva obligación reciban notificación.
Por otro lado, a las víctimas del delito de falsedad personal contemplado en el código penal y a quienes les sean exigidos pagos de obligaciones no adquiridas, podrán solicitar petición de corrección a la entidad acreedora presentando todas las pruebas que correspondan y la entidad durante un término de 10 días deberá validar la información y cotejar los datos de la victima de falsedad, para que se actualice la información de manera inmediata y se suprima el reporte negativo.
Así mismo, las empresas que durante la pandemia del Covid 19 fueron reportadas debido a las circunstancias de la emergencia sanitaria, una vez se pongan al día con sus obligaciones se les eliminarán los reportes negativos que obtuvieron, debido a que este fue evento de fuerza mayor.
Igualmente, las empresas no podrán valerse de un buen reporte (scorigns-score) como requisito para otorgar un empleo, a menos de que éste tenga algún tipo de riesgo en la labor a desarrollar.
Los tiempos de los reportes negativos se mantendrá. Estos serán el doble de tiempo de la mora y hasta máximo 4 años.
1. Para no ser reportado, lo primero es cumplir con las obligaciones financieras que se adquieren.
2. Adicional, cada 6 meses consultar las centrales de riesgo y registrar el correo electrónico personal para estar alerta a nuevas obligaciones.
3. En caso de que no pueda cumplir con las obligaciones por circunstancias que impiden pagar, solicitar un proceso de insolvencia.