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¿Qué hacer en caso de sufrir lesiones por causa de un accidente de tránsito?

Alexis Vivas
Consultorio Jurídico
Fundación Universitaria Lumen Gentium

Los diferentes actores de las vías: conductores, pasajeros, motociclistas, ciclistas y peatones, están expuestos a un accidente de tránsito y a resultar lesionados por causas del mismo, ya que la acción de conducir es considerada como una actividad peligrosa por la Corte Suprema de Justicia.

A continuación, se enuncian varias recomendaciones a tener en cuenta en caso de presentarse lesiones personales por causa de un accidente de tránsito:

– Se recomienda tener vigente la póliza del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), pues la ley estipula que, en caso de resultar alguna persona lesionada por accidente de tránsito, la póliza del SOAT que cubre los gastos médicos es la del vehículo en el cual se transportaba la víctima, sin importar el grado de culpabilidad.

– Se debe llamar a la línea 123 solicitando la presencia de un agente de la Secretaría de Movilidad y de una ambulancia, en caso de lesiones para ser transportado a la entidad de salud más cercana. También se pide llamar a un pariente cercano o persona de confianza para que se presente en el lugar de los hechos.

– No permita que los vehículos involucrados en el siniestro sean movidos, hasta que llegue la autoridad de tránsito.

– Tome fotografías con su celular en las cuales se aprecien las posiciones finales de los vehículos involucrados, con respecto a las vías, así como a los daños ocasionados a los mismos. Si no puede tomar las fotos por encontrarse gravemente lesionado, solicítele a otra persona que tome las fotos y se las envíe a su WhatsApp.

– Solicítele al agente de tránsito y al pariente cercano o a otra persona que revise si hay cámaras de la Policía o de algún establecimiento de comercio alrededor, que hayan detectado el momento del impacto. De ser así, solicite por escrito que los videos no sean borrados hasta ser recogidos por autoridad competente.

– Cuando se presentan lesiones personales, es deber del agente de tránsito diligenciar el informe de tránsito y
entregarle copia a cada uno de los implicados en el siniestro. También debe incautar los vehículos y trasladarlos a los patios asignados por la Secretaría de Tránsito.

Luego podrán ser retirados de forma provisional, con autorización de la Fiscalía asignada al caso y no se tendrán que pagar los patios ni la grúa.

– Cuando se presentan lesiones personales, se debe interponer la querella en la Fiscalía General de la Nación dentro de los Seis meses contados después de ocurrido el accidente, puede ser de manera virtual, a través de la página web de la misma. Le harán llegar a su correo electrónico la autorización para valoración de las lesiones por Medicina Legal.

– Cuando existen lesiones personales, no se debe apresurar a firmar ningún acuerdo entre las partes el día de los hechos, se recomienda hacerlo ante el fiscal asignado para el caso, días después de ocurrido el accidente.