Por: Rodrigo García Ocampo
Socio – Director
Email: rgarcia@sfai.co
Nuestra Colombia es por naturaleza un país que su mayor riqueza está en los recursos naturales y su debida explotación sostenible, por lo que la actividad de agricultura debe hacer uso de herramientas que la hagan más competitiva y visible y, entre estas herramientas está la de proveer de información financiera más apropiada prepara bajo las mejores prácticas como lo son las normas internacionales de información financiera, y entre ellas, la norma internacional de información financiera para las pymes (NIIF para las Pymes), que en su sección 34 – Actividades Especializadas, establece las principios que la actividad agrícola debe utilizar al preparar y difindir información financiera.
Entre los párrafos 34.2 a 34.10, la norma desarrolla los fundamentos que debe utilizar la actividad agrícola que incluye toda clase de activo biológico y sus productos hasta su cosecha o disposición.
De conformidad con la norma, los activos biológicos deben ser medidos al valor razonable con efectos al estado de resultados integral, excepto cuando este valor no esté disponible o su determinación tenga un costo o esfuerzo desproporcionado, caso en el cual, el activo podrá medirse al costo. Sin embargo, los productos de los activos biológicos que luego de la cosecha se convertirán en inventarios de materias primas o disponibles para la venta, se medirán exclusivamente a valor razonable.
Criterios
Así las cosas, las entidades que mantengan actividades agrícolas, acumularán los costos tanto de los activos biológicos como de sus productos hasta el sitio de cosecha, identificando cada uno de tales activos para luego confrontar el costo con el valor razonable y, proceder a ajustar su información financiera con cambios en los resultados de tal suerte que el costos de sus activos sea el valor razonable a la fecha de los estados financieros, revelando en notas a los estados financieros los métodos e hipótesis aplicados en la determinación del valor razonable, o de las razones.