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Delitos en la red, a un clic del peligro

Delitos en la red, a un clic del peligro

Por Naydú Parra Galíndez
Consultorio Jurídico Fundación Universitaria Católica Lumen Gentium, Unicatólica

En la nueva era de la tecnología, los delitos han tomado un nuevo rumbo para sabotear, piratear, robar, suplantar y otras modalidades con las que se está expuesto al peligro. Esto ha permitido a los nuevos delincuentes digitales moverse desde cualquier parte del mundo para realizar los ciberdelitos, y hacer difícil su rastreo, ubicación en tiempo y espacio.

Son varias las modalidades de delitos informáticos, algunas de ellas ya son más comunes.

Estafa cibernética, en la que se utiliza publicidad al ofrecer grandes descuentos y dirige a la víctima a un enlace, que al acceder roban la información de su dispositivo, para obtener beneficios.

‘Phishing’ o robo de identidad, con la que los criminales utilizan ‘spam’, sitios web falsos y otros métodos para engañar a las personas y acceder a sus cuentas bancarias, usuarios, contraseñas y demás información personal de las víctimas.

‘Skimming’, hace referencia al robo de la información de las tarjetas de crédito (clonación en cajeros automáticos).

Revelación de información secreta: afecta la intimidad, las conversaciones o comunicaciones, imágenes, fotos y demás son compartidos en redes sociales.

‘Malware’, se facilita a través de un correo electrónico con el que reportan cobros financieros, multas por parte de entidades estatales, para enviar virus al computador.

‘Smishing’, son mensajes de texto, para suplantar la identidad de una persona, entidad, entre otros.

Pornografía infantil: Los criminales utilizan dos modalidades ‘stalking’, acoso, perseguimiento de la víctima por medios tecnológicos limitando su movimiento o libertad. Y ‘sexting’, enviar imágenes o mensajes de texto con contenido sexual, aunque no es ilegal, puede llegar a serlo si se trata de menores de edad.

Sabotajes informáticos, como el ‘prheaking’, que es un delito de piratería telefónica de los celulares y el chalmskinn, que es acceder a los ordenadores industriales o empresariales para malgastar fondos, entre otros.

Con ocasión de la pandemia del covid-19, estos delitos informáticos aumentaron, puesto que hubo un incremento de compras por internet y aplicativos de dispositivos móviles.

Con la Ley 1273 del 2009, el Código Penal se modificó para buscar la protección de información y datos de tecnologías de la información y las comunicaciones.

Esta ley busca sancionar o ‘colocar en cintura’ a todos los ciberladrones; proteger a los individuos, entidades y empresas que se pueden ver afectadas por estos nuevos delitos tecnológicos.

Algunos de las tipificaciones de esta ley están contenidas en artículos como el 269B: Obstaculización ilegítima de sistema informático o red de telecomunicación; se accede al sistema informático, sin autorización. Artículo 269C: Interceptación de datos informáticos, busca proteger la intimidad de la persona. Artículo 269D: daño informático. “El que, sin estar facultado para ello, destruya, dañe, borre, deteriore, altere o suprima datos informáticos, o un sistema de tratamiento de información o sus partes o componentes lógicos”.

También, el Artículo 269E: Uso de software malicioso. “El que, sin estar facultado para ello, produzca, trafique, adquiera, distribuya, venda, envíe, introduzca o extraiga del territorio nacional software malicioso u otros programas de computación de efectos dañinos”. Artículo 269F: Violación de datos personales. “Se produce cuando los datos de los que ustedes son responsables sufren un incidente de seguridad da lugar a la violación de la confidencialidad, disponibilidad o integridad de los datos” (hackeo de redes sociales).

Y el Artículo 269G: Suplantación de sitios web para capturar datos personales.

Colombia comenzó a tomar políticas para esta regulación por medio de la Ley 1928 de 2018 por la cual se aprobó el Convenio sobre la Ciberdelincuencia, adoptado el 23 de noviembre de 2001, en Budapest, que define el delito informático como “todos aquellos actos dirigidos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los sistemas informáticos, redes y datos informáticos; el abuso de los sistemas, redes y datos”.

Por los riesgos expuestos, se deben adoptar medidas y tener el cuidado pertinente al navegar en la red.
El Consultorio Jurídico de Unicatólica recibe sus consultas en el siguiente correo: consultoriojuridico@unicatolica.edu.co