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¿Quiénes están obligados a registrar sus bases de datos?

Según la superintendencia de Industria y Comercio, los responsables obligados a registrar las bases de datos personales son las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 Unidades de Valor Tributario (UVT) y las personas jurídicas de naturaleza pública.

El mecanismo para la inscripción de las bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos se realizará en línea en el portal Web de dicha entidad, ingresando por el micrositio de ‘Protección de datos personales’, ubicado en la barra horizontal superior, luego ‘Registro Bases de Datos’ donde encontrará el manual de ayuda, un video tutorial, preguntas frecuentes y la inscripción.

Dependiendo de la calidad de responsable se tiene tres fechas para la inscripción de bases de datos así:

– Hasta el treinta (30) de septiembre de 2018 para las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 610.000 Unidades de Valor Tributario (UVT).

– Hasta el treinta (30) de noviembre de 2018 para las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 y hasta 610.000 Unidades de Valor Tributario (UVT).
– Hasta el treinta y uno (31) de enero de 2019, para las personas jurídicas de naturaleza pública.

– Para las bases de datos que se creen con posterioridad al vencimiento de los plazos referidos anteriormente, dentro de los dos (2) meses siguientes contados a partir de su creación.